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Ley
LEY de Nacionalidad
Artículo
4

Artículo 4 de la LEY de Nacionalidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Aunque hayas entregado todos los papeles que pide la ley, la Secretaría puede pedirte más documentos para comprobar que eres mexicano, si nota algo raro en lo que ya diste. También puede hacerlo si necesita asegurarse de que tus papeles no son falsos. Básicamente, si ven algo sospechoso, tienen derecho a investigar más a fondo.

Texto oficial

Artículo 4o.- Independientemente de lo dispuesto en el artículo anterior, la Secretaría podrá exigir al interesado las pruebas adicionales necesarias para comprobar su nacionalidad mexicana, cuando encuentre irregularidades en la documentación presentada. Podrá también hacerlo cuando se requiera verificar la autenticidad de la documentación que la acredite.

Ver texto oficial de la LEY de Nacionalidad (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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