Artículo 19 de la LEY de Organizaciones Ganaderas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Secretaría te quiere multar o castigar por algo relacionado con esta ley, tiene que seguir las reglas que ya están escritas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Eso significa que no puede hacer lo que se le antoje; debe seguir un proceso justo donde tú puedas defenderte. Básicamente, la Secretaría no puede aplicar ningún castigo sin antes respetar esos pasos legales.
Texto oficial
ARTÍCULO 19.- Para la imposición de las sanciones previstas en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, la Secretaría se sujetará a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.