- Ley
- LEY de Organizaciones Ganaderas
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la LEY de Organizaciones Ganaderas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando haya problemas entre los miembros de una organización por cómo se organiza o funciona, se van a resolver siguiendo las reglas internas que ellos mismos acordaron, que se llaman estatutos. O sea, no se va a meter nadie más a resolverlo si no se menciona en esos estatutos. Es como cuando en un equipo tienen sus propias reglas para decidir cosas sin que los jefes externos intervengan.
Texto oficial
ARTÍCULO 24.- Los conflictos que se susciten con motivo de la organización y funcionamiento de las organizaciones a que se refiere esta Ley, serán resueltos en términos de sus estatutos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.