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Artículo 1 de la LEY de Puertos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica en todo el país y es obligatoria para todos. Su objetivo es poner orden en cómo se construyen, usan y administran los puertos, terminales y marinas, así como en los servicios que ahí se ofrecen. También cubre cómo se protegen y operan estos lugares. Eso sí, los puertos que usa la Marina (la Armada de México) se manejan con reglas diferentes.

Texto oficial

ARTICULO 1o.- La presente ley es de orden público y de observancia en todo el territorio nacional, y tiene por objeto regular los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación, protección y formas de administración, así como la prestación de los servicios portuarios. Párrafo reformado DOF 26-12-2013 Los puertos, terminales e instalaciones portuarias de carácter militar, destinados por el Ejecutivo Federal a la Secretaría de Marina para uso de la Armada de México, se regirán por las disposiciones aplicables en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.