Artículo 31 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El fondo de solidaridad social se forma con una parte de las ganancias que los socios decidan ponerle, más cualquier donación que llegue de instituciones públicas o de personas o empresas. Es como una alcancía común donde los dueños del negocio aportan un porcentaje de lo que ganan, y también se pueden sumar regalos de dinero del gobierno o de particulares. Ese dinero se guarda para usarse en beneficio de todos los socios, no para repartirlo como ganancia individual. Las donaciones pueden venir de cualquier persona física (tú o yo) o moral (una compañía u organización).
Texto oficial
ARTICULO 31.- El fondo de solidaridad social se integra con la parte proporcional de las utilidades obtenidas que acuerden los socios aportar al mismo, así como con los donativos que para dicho fin se reciban de las Instituciones Oficiales y de personas físicas o morales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.