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Ley
LEY de Sociedades de Solidaridad Social
Artículo
4

Artículo 4 de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Necesitas juntar al menos cinco personas para poder crear una sociedad legalmente. O sea, no puedes hacerla tú solo o con menos de cinco cuates. La ley cambió en 2018 para fijar ese número mínimo de integrantes. Así que, si quieres formar una sociedad, asegúrate de tener por lo menos cinco socios.

Texto oficial

ARTICULO 4o.- Para la constitución de la sociedad se requiere un mínimo de cinco socios. Artículo reformado DOF 24-04-2018

Ver texto oficial de la LEY de Sociedades de Solidaridad Social (pág. 2) ↗

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