Artículo 41 de la LEY del Banco de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un Subgobernador (el segundo al mando del Banco de México) renuncia o deja el puesto, se nombra a otra persona para ocuparlo. Si el que renuncia es el Gobernador (el jefe), el Presidente de la República puede escoger a un Subgobernador que ya esté trabajando para que sea el nuevo Gobernador, o puede nombrar a una persona nueva para la Junta de Gobierno y luego elegir al Gobernador entre los cinco miembros. Mientras se decide, el Subgobernador con más años en el cargo se vuelve Gobernador interino; si hay dos con la misma antigüedad, la Junta vota para escoger quién queda. Quien cubra una vacante solo termina el tiempo que le faltaba a la persona a la que reemplaza, a menos que un Subgobernador sea nombrado Gobernador, en cuyo caso dura seis años completos, sin importar cuánto tiempo haya sido Subgobernador antes.
Texto oficial
ARTICULO 41.- La vacante que se produzca en un puesto de Subgobernador será cubierta por el nuevo miembro que se designe para integrar la Junta de Gobierno. En caso de vacante en el puesto de Gobernador, el Ejecutivo Federal podrá nombrar para ocupar tal cargo a un Subgobernador en funciones, o bien, designar a un nuevo miembro de la Junta de Gobierno y, ya integrada ésta, nombrar de entre sus cinco miembros al Gobernador. En tanto se hace el nombramiento de Gobernador, el Subgobernador con mayor antigüedad en el cargo será Gobernador Interino del Banco y presidirá la Junta de Gobierno. En caso de que hubieren dos o más Subgobernadores con igual antigüedad, la Junta de Gobierno elegirá entre ellos al Gobernador Interino. Los miembros que cubran vacantes que se produzcan antes de la terminación del periodo respectivo, durarán en su cargo sólo por el tiempo que faltare desempeñar al sustituido. Si al término del periodo que corresponde al Gobernador, se nombra a un Subgobernador en funciones para ocupar tal puesto, el nombramiento referido será por seis años independientemente del tiempo que hubiere sido Subgobernador.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.