Artículo 48 de la LEY del Banco de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 48 dice que los consejos regionales (grupos de personas que trabajan en ciertas zonas del país) solo sirven para dar opiniones y juntar o compartir información sobre temas económicos, sobre todo financieros. No pueden tomar decisiones ni obligar a nadie a hacer algo. Su función es ayudar a que la gente y el gobierno estén mejor enterados.
Texto oficial
ARTICULO 48.- Los consejos regionales previstos en la fracción VII del artículo 47, tendrán únicamente funciones de consulta, así como de obtención y difusión de información de carácter general en materia económica y, particularmente, financiera.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.