Artículo 62 de la LEY del Banco de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Banco puede pagar su deuda con los bancos comerciales usando los billetes o monedas que él mismo decida, según lo que sea más útil para que la gente haga pagos fácilmente. Esto significa que, cuando un banco le pide cambio al Banco, este no está obligado a darle denominaciones específicas, sino las que mejor circulen entre el público. Por ejemplo, si hay mucha demanda de billetes de 200 pesos y pocos de 500, puede entregar más de 200. Así, la idea es que el dinero que se preste o deposite sirva para que los ciudadanos hagan sus compras o trámites sin problemas.
Texto oficial
artículo 62. En el cumplimiento de su obligación de canje con las instituciones de crédito, el Banco podrá entregarles billetes y monedas metálicas de las denominaciones cuya mayor circulación considere conveniente para facilitar los pagos. CAPITULO III De las Operaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.