Artículo 64 de la LEY del Banco de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te multan o te sancionan por algo que dice esta ley, tienes 15 días hábiles (contando solo días de lunes a viernes sin festivos) para pedir que te reconsideren la sanción. Ese reclamo se llama "recurso de reconsideración" y debes presentarlo en la oficina del Banco de México que indique su reglamento interno. El recurso sirve para que puedan echar para atrás la sanción, cambiarla o dejarla igual. En tu escrito tienes que poner tu nombre y dirección, qué sanción estás peleando y por qué estás en desacuerdo (los "agravios"), además de presentar pruebas y un papel que demuestre quién eres. Para los trámites y notificaciones de este recurso, se aplican ciertas reglas del Código Fiscal de la Federación, como las que hablan de plazos y cómo entregar documentos.
Texto oficial
ARTICULO 64.- Contra las sanciones previstas en la presente Ley procederá el recurso de reconsideración, el cual deberá interponerse ante la unidad administrativa que se determine en el Reglamento Interior del Banco de México, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de tales resoluciones. Párrafo reformado DOF 10-01-2014 El recurso tendrá por objeto revocar, modificar o confirmar la resolución reclamada. En el escrito de interposición se deberá señalar el nombre y domicilio del recurrente, la resolución impugnada y los agravios que se hagan valer, acompañándose con los elementos de prueba que se consideren necesarios, así como con las constancias que acrediten la personalidad del promovente. A las notificaciones, trámite y resolución del recurso, les serán aplicables supletoriamente las disposiciones contenidas en los artículos 130, 132, 134, 135, 136 tercer párrafo, 137, 139 y 140 del Código Fiscal de la Federación y las disposiciones reglamentarias aplicables a estos preceptos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.