Artículo 25 de la LEY del Servicio de Administración Tributaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en la Cámara de Diputados o de Senadores quieren más explicaciones sobre la información que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) le entregó al gobierno federal, las comisiones de Hacienda pueden pedírselas directamente al SAT. El SAT tiene que entregar esa información en papel y también en formato digital, como lo pidan esas comisiones. Además, debe darla en el tiempo que le digan, pero ese plazo no puede ser menor a 10 días naturales desde que reciben la solicitud.
Texto oficial
Artículo 25. Cuando las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados o de la Cámara de Senadores, requieran información adicional o aclaratoria, respecto de los datos estadísticos y demás informes a cargo del Servicio de Administración Tributaria, que haya presentado el Ejecutivo Federal, podrán solicitarla directamente al órgano desconcentrado mencionado. Dicha información deberá entregarse en forma impresa y en medios magnéticos en los términos que estas Comisiones determinen. Dicha información deberá ser entregada por el Servicio de Administración Tributaria a la Comisión que la solicite en el plazo que se establezca en la propia solicitud, el cual no será inferior a 10 días naturales, contados a partir de la recepción de la solicitud que se haga. LEY DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 04-12-2018 16 de 29 Artículo adicionado DOF 12-06-2003
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.