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Artículo 38 de la LEY del Servicio Exterior Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres subir de puesto o entrar a un concurso para ascender, primero debes haber estado al menos dos años en tu cargo actual. Para llegar a ser Consejero, aparte de eso, necesitas haber trabajado ocho años como servidor público en el Servicio Exterior y haber estado destinado en un consulado.

Texto oficial

ARTÍCULO 38.- En ningún caso se podrá ascender o participar en concursos de ascenso sin antes haber cumplido dos años de antigüedad como mínimo en el rango al que pertenezca. Para ascender al rango de Consejero se requiere, además, una antigüedad mínima de ocho años como servidor público en el Servicio Exterior y haber sido comisionado a una adscripción de tipo consular. Párrafo reformado DOF 19-04-2018 Artículo reformado DOF 25-01-2002

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.