- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1091
Artículo 1091 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tienes un terreno que tiene agua estancada o es pantanoso y lo quieres secar, las reglas que existen para el paso del agua también se aplican ahí. Esto significa que puedes hacer canales para sacar el agua de tu terreno, pero respetando las mismas normas que si fuera agua corriente. No importa que el agua esté quieta, las leyes tratan el asumo igual.
Texto oficial
Artículo 1091.- Las disposiciones concernientes al paso de las aguas, son aplicables al caso en que el poseedor de un terreno pantanoso quiera desecarlo o dar salida por medio de cauces a las aguas estancadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.