- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1092
Artículo 1092 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si usas un canal o tubería para llevar agua (acueducto) que pase por tu terreno o por el de alguien más, tienes la obligación de construir y mantener los puentes, canales subterráneos y todo lo necesario para que no dañes los derechos de otros. O sea, no puedes perjudicar a tu vecino o a terceros con tu instalación de agua.
Texto oficial
Artículo 1092.- Todo el que se aproveche de un acueducto, ya pase por terreno propio, ya por ajeno, debe construir y conservar los puentes, canales, acueductos subterráneos y demás obras necesarias para que no perjudique el derecho de otro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.