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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1092
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1092

Artículo 1092 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si usas un canal o tubería para llevar agua (acueducto) que pase por tu terreno o por el de alguien más, tienes la obligación de construir y mantener los puentes, canales subterráneos y todo lo necesario para que no dañes los derechos de otros. O sea, no puedes perjudicar a tu vecino o a terceros con tu instalación de agua.

Texto oficial

Artículo 1092.- Todo el que se aproveche de un acueducto, ya pase por terreno propio, ya por ajeno, debe construir y conservar los puentes, canales, acueductos subterráneos y demás obras necesarias para que no perjudique el derecho de otro.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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