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Artículo 114 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando un juez firma una sentencia de divorcio y ya no se puede impugnar (eso es una "sentencia ejecutoria"), el juez manda una copia de ese documento al Juez del Registro Civil para que haga el acta de divorcio. El acta es como el papel oficial donde queda asentado que ya estás divorciado.

Texto oficial

Artículo 114.- La sentencia ejecutoria que decrete un divorcio se remitirá en copia al Juez del Registro Civil para que levante el acta correspondiente. Artículo reformado DOF 14-03-1973

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.