- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1149
Artículo 1149 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien está por cumplir el tiempo necesario para quedarse con una propiedad por haberla usado mucho tiempo (prescripción), puede sumar el tiempo que la usó la persona que se la dio, siempre y cuando los dos hayan poseído el terreno o cosa de manera legal. Por ejemplo, si tu papá vivió 10 años en un terreno y luego te lo pasó, y tú llevas otros 5 años ahí, puedes juntar los 15 años para reclamar la propiedad más rápido. Esto solo funciona si tanto tú como la otra persona cumplieron con las reglas de posesión (como actuar como dueños, sin violencia, ni a escondidas).
Texto oficial
Artículo 1149.- El que prescriba puede completar el término necesario para su prescripción reuniendo al tiempo que haya poseído, el que poseyó la persona que le transmitió la cosa, con tal de que ambas posesiones tengan los requisitos legales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.