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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1151
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1151

Artículo 1151 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder quedarte legalmente con un bien que has usado por mucho tiempo (prescribir), necesitas cumplir cuatro requisitos. Primero, debes sentirte y actuar como el dueño, no como alguien que solo lo renta o lo cuida. Segundo, tu posesión debe ser pacífica, o sea, sin usar violencia ni amenazas para mantenerla. Tercero, tiene que ser continua, sin interrupciones; si dejas de usarlo por un buen rato, ya no cuenta. Cuarto, debe ser pública, es decir, que todos sepan que lo tienes, no a escondidas.

Texto oficial

Artículo 1151.- La posesión necesaria para prescribir debe ser: I. En concepto de propietario; II. Pacífica; III. Continua; IV. Pública. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 122 de 370

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 121) ↗

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