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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1174
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1174

Artículo 1174 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la deuda es de varios (acreedores solidarios) y a uno de ellos le interrumpen el tiempo para que no prescriba la deuda, ese movimiento beneficia a todos los demás. O sea, si a uno le toca el plazo para cobrar, a los otros también se les renueva. Así que todos ganan la misma ventaja aunque solo uno haya actuado.

Texto oficial

Artículo 1174.- La interrupción de la prescripción a favor de alguno de los acreedores solidarios, aprovecha a todos.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 124) ↗

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