- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1178
Artículo 1178 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una ley dice que algo prescribe en cierto número de días, significa que se cuentan días completos de 24 horas, desde la medianoche de un día hasta la medianoche del siguiente. No importa si el día empieza a las 9 de la mañana o a las 3 de la tarde, el primer día inicia justo a las 12 de la noche. Así que, si alguien te dice que tienes 10 días para hacer algo, el plazo corre de media noche a media noche, sin importar a qué hora empezó el asunto.
Texto oficial
Artículo 1178.- Cuando la prescripción se cuente por días, se entenderán éstos de veinticuatro horas naturales, contadas de las veinticuatro a las veinticuatro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.