- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1179
Artículo 1179 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que, para los plazos legales, cuando empieza a correr el tiempo, ese día se toma como completo aunque no sean las 24 horas. Eso evita andar contando por horas. Pero cuando el plazo se termina, el último día sí debe pasar completo, es decir, hasta la media noche. En pocas palabras, el día que inicia cuenta de entrada, pero el que acaba no se corta a medias.
Texto oficial
Artículo 1179.- El día en que comienza la prescripción se cuenta siempre entero, aunque no lo sea; pero aquel en que la prescripción termina, debe ser completo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.