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Artículo 1300 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el testador deja algo en su testamento a sus "parientes", pero sin decir exactamente quiénes, la ley interpreta que eso se refiere a los familiares más cercanos, como los hijos o los padres. Se toma en cuenta el orden que marca la ley para cuando alguien muere sin testamento. Es decir, primero van los parientes más directos, y si no hay, luego los siguientes. Así se evitan confusiones y se respeta la voluntad del testador.

Texto oficial

Artículo 1300.- La disposición hecha en términos vagos en favor de los parientes del testador, se entenderá que se refiere a los parientes más próximos, según el orden de la sucesión legítima.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 132) ↗

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