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Artículo 1343 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que alguien recibió una herencia, la agarró y la usó, pero después se descubre que no tenía derecho a heredar (es "incapaz"). Si esa persona vendió, regaló o hipotecó las cosas de la herencia antes de que lo demandaran legalmente, y la persona que compró no sabía que había un problema ("buena fe"), esa venta o trato se mantiene válido. O sea, el que compró de buena fe no pierde lo que adquirió. Pero el que se metió de más queda obligado a pagarle al verdadero heredero todos los daños que le causó.

Texto oficial

Artículo 1343.- Si el que entró en posesión de la herencia y la pierde después por incapacidad, hubiere enajenado o gravado todo o parte de los bienes antes de ser emplazado en el juicio en que se discuta su incapacidad, y aquel con quien contrató hubiere tenido buena fe, el contrato subsistirá; mas el heredero incapaz estará obligado a indemnizar al legítimo, de todos los daños y perjuicios. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 137 de 370 CAPITULO IV De las Condiciones que pueden Ponerse en los Testamentos

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 136) ↗

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