Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1342
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1342

Artículo 1342 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien dice que una persona no es capaz para heredar, esa demanda o reclamo solo se puede hacer dentro de los 3 años siguientes a que el heredero ya esté disfrutando la herencia. Si ya pasaron esos 3 años, ya no puedes exigir que lo declaren incapaz. Pero hay una excepción: si la incapacidad es por algo que afecta a la sociedad o al interés público, entonces no importa el tiempo, siempre se puede reclamar. O sea, en asuntos que son de todos, puedes pedir que lo declaren incapaz en cualquier momento, aunque hayan pasado los 3 años.

Texto oficial

Artículo 1342.- No puede deducirse acción para declarar la incapacidad, pasados tres años desde que el incapaz esté en posesión de la herencia o legado; salvo que se trate de incapacidades establecidas en vista del interés público, las cuales en todo tiempo pueden hacerse valer.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 136) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.