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Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
138 Bis

Artículo 138 Bis del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un error en tu acta de nacimiento, matrimonio o similar, como una letra mal escrita o un error al teclear, puedes pedir que lo corrijan. Esto solo aplica si el error no cambia información importante, como tu nombre completo o tu fecha de nacimiento. Para hacerlo, debes ir a la Oficina Central del Registro Civil y tramitar la aclaración. El error no debe afectar los datos clave del documento.

Texto oficial

Artículo 138 Bis.- La aclaración de las actas del estado civil, procede cuando en el Registro existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que no afecten los datos esenciales de aquéllas, y deberán tramitarse ante la Oficina Central del Registro Civil. Artículo adicionado DOF 03-01-1979 TITULO QUINTO Del Matrimonio CAPITULO I De los Esponsales

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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