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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1422
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1422

Artículo 1422 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el heredero es quien elige entre varias opciones, puede dar la menos valiosa. Pero si quien elige es la persona que recibe la herencia (el legatario), entonces puede pedir la de mayor valor. En otras palabras, el que tiene el derecho de escoger busca su propio beneficio.

Texto oficial

Artículo 1422.- Si el heredero tiene la elección, puede entregar la cosa de menor valor; si la elección corresponde al legatario, puede exigir la cosa de mayor valor.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 143) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.