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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1423
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1423

Artículo 1423 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te deja en su testamento un legado con opciones (por ejemplo, que escojas entre un auto o una casa), aplican las mismas reglas que para las deudas donde puedes elegir entre varias opciones. Eso significa que la persona que recibe el legado (el legatario) puede escoger la opción que más le convenga, a menos que el testador haya dicho expresamente quién debe elegir. Además, si una de las opciones se pierde o se daña sin culpa del legatario, la herencia se reduce a las opciones que aún estén disponibles.

Texto oficial

Artículo 1423.- En los legados alternativos se observará, además, lo dispuesto para las obligaciones alternativas.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 143) ↗

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