- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1432
Artículo 1432 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el testador (la persona que hizo el testamento) lega algo que no es suyo, pero sabía que no lo era, el legado es válido. En ese caso, el heredero tiene que conseguir ese objeto y dárselo al legatario (quien recibe el legado), o bien pagarle su precio. O sea, no importa que el objeto no fuera del testador, igual se tiene que cumplir su voluntad.
Texto oficial
Artículo 1432.- El legado de cosa ajena, si el testador sabía que lo era, es válido y el heredero está obligado a adquirirla para entregarla al legatario o a dar a éste su precio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.