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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1436
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1436

Artículo 1436 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si en un testamento alguien te deja una cosa que ya es tuya, esa parte del testamento no sirve para nada. Es decir, no puedes heredar algo que ya te pertenece. La ley dice que ese legado (la herencia de ese objeto específico) es nulo, como si no existiera.

Texto oficial

Artículo 1436.- Es nulo el legado de cosa que al otorgarse el testamento pertenezca al mismo legatario. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 144 de 370

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 143) ↗

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