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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1439
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1439

Artículo 1439 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te deja en su testamento un objeto que no era de él, sino de uno de sus herederos o de otra persona que también heredó, eso es legal. El heredero o el otro legatario que sea dueño de esa cosa tendrá que entregarla a quien le tocó en el legado, pero solo si decide aceptar la herencia. Si no quiere o no puede darte el objeto, tendrá que pagarte su valor en dinero.

Texto oficial

Artículo 1439.- Es válido el legado hecho a un tercero de cosa propia del heredero o de un legatario, quienes, si aceptan la sucesión, deberán entregar la cosa legada o su precio.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 144) ↗

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