- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1524
Artículo 1524 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla de cómo debe ir guardado un testamento que se hace ante notario. El documento, así como la hoja que lo cubre, tiene que ir cerrado y sellado, como un sobre lacrado. El testador (la persona que hace el testamento) puede cerrarlo él mismo o pedir que lo hagan en el momento frente al notario. Además, debe mostrar ese documento ya cerrado al notario, pero enfrente de tres testigos para que todo quede claro y sin trampas.
Texto oficial
Artículo 1524.- El papel en que esté escrito el testamento o el que le sirva de cubierta, deberá estar cerrado y sellado, o lo hará cerrar y sellar el testador en el acto del otorgamiento, y lo exhibirá al Notario en presencia de tres testigos. Fe de erratas al artículo DOF 21-12-1928
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.