- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1523
Artículo 1523 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien firma por ti en un testamento (porque no puedes hacerlo tú mismo), esa persona debe ir contigo cuando entregues el sobre cerrado ante el notario. Ahí tú dirás que ella firmó por ti, y esa persona también firmará en la parte de afuera del sobre, junto con los testigos y el notario.
Texto oficial
Artículo 1523.- En el caso del artículo que precede, la persona que haya rubricado y firmado por el testador, concurrirá con él a la presentación del pliego cerrado; en este acto, el testador declarará que aquélla persona rubricó y firmó en su nombre y ésta firmará en la cubierta con los testigos y el Notario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.