- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1545
Artículo 1545 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ni el Notario ni la mayoría de los testigos puedan presentarse por las mismas razones, el juez debe revisar la situación y confirmar que todo está en orden. En ese caso, el juez tiene que verificar que las firmas del testamento sean legítimas y que tanto el Notario como los testigos estaban en el lugar donde se hizo el testamento en la fecha que aparece en el documento. Todo esto lo hace el juez mediante una investigación o declaración formal, para dejar constancia de que el testamento es válido.
Texto oficial
Artículo 1545.- Si por iguales causas no pudieren comparecer el Notario, la mayor parte de los testigos o ninguno de ellos, el juez lo hará constar así por información, como también la legitimidad de las firmas y que en la fecha que lleva el testamento se encontraban aquéllos en el lugar en que éste se otorgó.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.