Artículo 1598 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hagas un testamento frente a un cónsul o embajador mexicano en el extranjero, el documento debe llevar el sello oficial de esa embajada o consulado. Ese sello es como una firma oficial que demuestra que el testamento se hizo ante la autoridad correcta. Así se asegura que el papel sea válido y reconocido legalmente en México.
Texto oficial
Artículo 1598.- El papel en que se extiendan los testamentos otorgados ante los Agentes Diplomáticos o Consulares, llevará el sello de la Legación o Consulado, respectivo. TITULO CUARTO De la Sucesión Legítima CAPITULO I Disposiciones Generales
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.