Artículo 1635 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona muere sin haber hecho testamento y no tiene familiares directos como hijos, papás o abuelos, el artículo dice que sus bienes deben pasar a una institución de beneficencia pública, como un hospital o albergue del gobierno. Esto aplica solo si no hay parientes más lejanos, como hermanos o tíos, que también tengan derecho a heredar. En pocas palabras, cuando no hay a quién heredarle, el dinero o propiedades del difunto se quedan para ayudar a la comunidad.
Texto oficial
artículo 1635. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 159 de 370 II. A falta de los anteriores, la beneficencia pública. Artículo reformado DOF 27-12-1983
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