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Artículo 1660 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando aceptas o rechazas una herencia, la ley considera que eso aplica desde el día en que la persona falleció, no desde el día que tú tomas la decisión. Es como si todo lo que heredas (deudas, bienes, derechos) se volviera tuyo desde el momento exacto de su muerte. O sea, si alguien muere un 1 de enero y tú aceptas la herencia hasta marzo, legalmente es como si la hubieras aceptado desde enero. Lo mismo pasa si la rechazas: para la ley, nunca fuiste heredero desde el principio.

Texto oficial

Artículo 1660.- Los efectos de la aceptación o repudiación de la herencia se retrotraen siempre a la fecha de la muerte de la persona a quien se hereda.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.