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Artículo 1661 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no quieres aceptar una herencia, tienes que decirlo de manera clara y por escrito. Puedes hacerlo frente a un juez o ante un notario público, que es quien da fe de documentos oficiales. No basta con decirlo de palabra o por mensaje, tiene que quedar asentado formalmente. Así nadie se confunde y queda constancia legal de tu decisión.

Texto oficial

Artículo 1661.- La repudiación debe ser expresa y hacerse por escrito ante el juez, o por medio de instrumento público otorgado ante Notario. Artículo reformado DOF 28-01-2010

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 163) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.