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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1743
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1743

Artículo 1743 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay varios albaceas (las personas encargadas de cumplir lo que dice un testamento) y trabajan juntos como un equipo, el pago que les toca se divide entre todos por igual. Si no trabajan juntos y cada quien hace su parte por separado, entonces el pago se reparte según el tiempo que cada uno le haya dedicado al trabajo y al esfuerzo que haya puesto en administrar los bienes. En pocas palabras, el dinero se ajusta a lo que cada albacea hizo realmente.

Texto oficial

Artículo 1743.- Si fueren varios y mancomunados los albaceas, la retribución se repartirá entre todos ellos; si no fueren mancomunados, la repartición se hará en proporción al tiempo que cada uno haya administrado y al trabajo que hubiere tenido en la administración.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 170) ↗

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