- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1743
Artículo 1743 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si hay varios albaceas (las personas encargadas de cumplir lo que dice un testamento) y trabajan juntos como un equipo, el pago que les toca se divide entre todos por igual. Si no trabajan juntos y cada quien hace su parte por separado, entonces el pago se reparte según el tiempo que cada uno le haya dedicado al trabajo y al esfuerzo que haya puesto en administrar los bienes. En pocas palabras, el dinero se ajusta a lo que cada albacea hizo realmente.
Texto oficial
Artículo 1743.- Si fueren varios y mancomunados los albaceas, la retribución se repartirá entre todos ellos; si no fueren mancomunados, la repartición se hará en proporción al tiempo que cada uno haya administrado y al trabajo que hubiere tenido en la administración.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.