Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1836
- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1836
Artículo 1836 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Un contrato es bilateral cuando tú y la otra persona se comprometen a darse algo mutuamente. Por ejemplo, si tú vendes un coche y el otro paga, ambos tienen obligaciones: tú entregas el coche y él te da el dinero. Eso es lo que significa que las partes se obligan de manera recíproca.
Texto oficial
Artículo 1836.- El contrato es bilateral cuando las partes se obligan recíprocamente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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