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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1914
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1914

Artículo 1914 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos personas causan un daño sin querer y sin usar máquinas o herramientas peligrosas, ninguna tiene la culpa ni fue descuidada, entonces cada quien debe pagar sus propios daños. Nadie tiene derecho a reclamarle nada al otro. Por ejemplo, si dos autos chocan por accidente sin que nadie haya manejado mal, cada conductor arregla su propio carro. Esto aplica solo cuando no hay culpa de ninguna de las partes.

Texto oficial

Artículo 1914.- Cuando sin el empleo de mecanismos, instrumentos, etc., a que se refiere el artículo anterior, y sin culpa o negligencia de ninguna de las partes se producen daños, cada una de ellas los soportará sin derecho a indemnización.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 185) ↗

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