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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1983
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1983

Artículo 1983 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 1983 dice que cuando una persona no cumple con hacer algo que prometió (como un trabajo o servicio), se deben aplicar las reglas de los artículos 2027 y 2028. Estas reglas explican cómo se maneja el incumplimiento, por ejemplo, si la deuda es de varias personas o cómo reclamar. En pocas palabras, si alguien no hace lo que acordó, no se inventan nuevas reglas, sino que se usan las que ya están en esos otros artículos. Esto aplica para deudas donde varias personas son responsables juntas, que se llaman "obligaciones mancomunadas".

Texto oficial

Artículo 1983.- La falta de prestación del hecho se regirá por lo dispuesto en los artículos 2027 y 2028. CAPITULO IV De las Obligaciones Mancomunadas

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 192) ↗

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