- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1987
Artículo 1987 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagínate que dos o más personas te deben dinero. Si es "solidaridad pasiva", tú puedes pedirle el pago completo a cualquiera de ellos, no tienes que cobrarle a cada uno por partes. Por otro lado, si tú y otra persona son los que prestaron dinero ("solidaridad activa"), cada uno de ustedes tiene el derecho de exigir que les paguen todo lo que se debe, no solo su parte. Esto significa que, en ambos casos, las personas involucradas responden por el total de la deuda, no solo por una fracción.
Texto oficial
Artículo 1987.- Además de la mancomunidad, habrá solidaridad activa, cuando dos o más acreedores tienen derecho para exigir, cada uno de por sí, el cumplimiento total de la obligación; y solidaridad pasiva cuando dos o más deudores reporten la obligación de prestar, cada uno de por sí, en su totalidad, la prestación debida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.