- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 1991
Artículo 1991 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varios acreedores (los que deben recibir dinero) o varios deudores (los que deben pagar) están en un mismo grupo, lo que haga uno solo de ellos con alguien de la otra parte puede acabar con la deuda de todos. Por ejemplo, si tú eres uno de varios deudores y te perdonan la deuda a ti, ya nadie tiene que pagar. Lo mismo pasa si te cambian la deuda, la compensan con otra o se confunden en la misma persona.
Texto oficial
Artículo 1991.- La novación, compensación, confusión o remisión hecha por cualquiera de los acreedores solidarios, con cualquiera de los deudores de la misma clase, extingue la obligación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.