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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/1990
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
1990

Artículo 1990 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si debes dinero a varias personas (acreedores solidarios) y le pagas a una sola de ellas, ya no debes nada a nadie más. Esa deuda queda completamente liquidada, así que dejas de estar obligado con los demás. Pero eso solo pasa entre tú y los que te prestaron; ellos después se arreglan entre sí para repartirse lo que les toca.

Texto oficial

Artículo 1990.- El pago hecho a uno de los acreedores solidarios extingue totalmente la deuda.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 193) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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