- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2000
Artículo 2000 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si varias personas deben dinero juntos, pero el negocio solo le benefició a uno de ellos, ese único beneficiado tiene que pagar toda la deuda a los demás que también firmaron. Por ejemplo, si tres amigos piden un préstamo para comprarle un coche solo a uno, ese amigo es el único que debe cubrir el total del préstamo frente a los otros dos. Los demás codeudores no tienen que pagar nada por dentro, porque el negocio no les interesaba.
Texto oficial
Artículo 2000.- Si el negocio por el cual la deuda se contrajo solidariamente, no interesa más que a uno de los deudores solidarios, éste será responsable de toda ella a los otros codeudores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.