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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2010
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2010

Artículo 2010 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre lo que pasa cuando una obligación que al principio era indivisible (como pagar una sola deuda entre varios) se convierte en pagar daños y perjuicios. Cuando eso ocurre, la obligación ya no es indivisible y se aplican estas reglas: si todos los deudores tuvieron la culpa, cada uno paga una parte de los daños según el interés que tenía en la deuda. Pero si solo algunos tuvieron la culpa, solo esos pagan los daños, los demás no.

Texto oficial

Artículo 2010.- Pierde la calidad de indivisible, la obligación que se resuelve en el pago de daños y perjuicios y, entonces, se observarán las reglas siguientes: I. Si para que se produzca esa conversión hubo culpa de parte de todos los deudores, todos responderán de los daños y perjuicios proporcionalmente al interés que representen en la obligación; II. Si sólo algunos fueron culpables, únicamente ellos responderán de los daños y perjuicios. CAPITULO V De las Obligaciones de Dar

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 195) ↗

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