- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2046
Artículo 2046 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te vende o te cede todos sus derechos de una sola vez, como un paquete completo, solo tiene que asegurarte que eso que te da es legal y realmente le pertenece. Pero no tiene la obligación de responder por cada derecho en particular, a menos que tú termines perdiendo todo o la mayor parte de lo que te cedió por culpa de un problema legal (eso es la "evicción"). En pocas palabras, si te cede un montón de cosas juntas, no te garantiza una por una, solo el total.
Texto oficial
Artículo 2046.- El que cede alzadamente o en globo la totalidad de ciertos derechos, cumple con responder de la legitimidad del todo en general; pero no está obligado al saneamiento de cada una de las partes, salvo en el caso de evicción del todo o de la mayor parte. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 199 de 370
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