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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2061
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2061

Artículo 2061 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si varias personas le prestaron dinero a la misma persona (deudor) y cada una se quedó con una parte de esa deuda, pero el deudor no tiene suficiente dinero para pagarles a todos, entonces el poco dinero que tenga se va a repartir entre todos los prestamistas, pero de manera proporcional. Es decir, a cada quien se le pagará según lo que le corresponda, no por orden de llegada ni a uno primero y a los demás después.

Texto oficial

Artículo 2061.- El pago de los subrogados en diversas porciones del mismo crédito, cuando no basten los bienes del deudor para cubrirlos todos, se hará a prorrata. TITULO CUARTO Efectos de las Obligaciones I.- Efectos de las Obligaciones entre las Partes Cumplimiento de las Obligaciones CAPITULO I Del Pago

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 200) ↗

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