Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2092
- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2092
Artículo 2092 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si debes distintas cantidades de dinero a la misma persona, tú puedes decidir cuál de esas deudas quieres pagar primero en el momento que le das el dinero. Solo puedes elegir en ese instante del pago, no después.
Texto oficial
Artículo 2092.- El que tuviere contra sí varias deudas en favor de un solo acreedor, podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de ellas quiere que éste se aplique.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.