- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2109
Artículo 2109 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Básicamente, este artículo dice que si alguien no cumple con lo que prometió y por eso tú dejas de ganar dinero de manera legal, eso cuenta como un daño. Por ejemplo, si un cliente te canceló un trabajo a última hora y ya habías apartado el día, esa pérdida de dinero sí se considera un perjuicio. Solo aplica si esa ganancia era algo que sí ibas a recibir si la otra persona cumplía su palabra. O sea, no vale inventar ganancias que no eran seguras.
Texto oficial
Artículo 2109.- Se reputa perjuicio la privación de cualquiera ganancia lícita, que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de la obligación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.