- Ley
- CÓDIGO Civil Federal
- Artículo
- 2136
Artículo 2136 del CÓDIGO Civil Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si decides cancelar el contrato porque la cosa que compraste no cumplía lo prometido, tienes que devolverla sin los cargos o deudas que le hayas puesto mientras la tenías. Por ejemplo, si le hiciste un préstamo o la hipotecaste, debes quitar eso antes de regresarla. Así el vendedor la recibe igual que cuando te la entregó.
Texto oficial
Artículo 2136.- En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la rescisión del contrato, está obligado a devolver la cosa libre de los gravámenes que le haya impuesto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.