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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCF/2136
Ley
CÓDIGO Civil Federal
Artículo
2136

Artículo 2136 del CÓDIGO Civil Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si decides cancelar el contrato porque la cosa que compraste no cumplía lo prometido, tienes que devolverla sin los cargos o deudas que le hayas puesto mientras la tenías. Por ejemplo, si le hiciste un préstamo o la hipotecaste, debes quitar eso antes de regresarla. Así el vendedor la recibe igual que cuando te la entregó.

Texto oficial

Artículo 2136.- En el caso de los dos artículos anteriores, si el que adquiere elige la rescisión del contrato, está obligado a devolver la cosa libre de los gravámenes que le haya impuesto.

Ver texto oficial del CÓDIGO Civil Federal (pág. 206) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.